Los procesos de selección del personal con cargo a la subvención referida deben cumplir con las bases reguladoras que se establecen en dichas ayudas; por tanto, los requisitos que se establecen para la preselección y selección de los/as candidatos/as a los diferentes puestos, están establecidos en el DECRETO 150/2012 de 27 de Julio, por el que se aprueba las bases reguladoras del programa de empleo de experiencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones correspondiente al ejercicio 2012 y en el DECRETO 161/2014, que modifica al anterior. A saber de importancia y en resumen, disponen que:
“Los candidatos serán preseleccionados por el correspondiente Centro de Empleo (SEXPE) atendiendo a su adecuación al puesto de trabajo ofertado y a los grupos preferentes y en el orden de prioridad que se señalan a continuación:
a)Grupo 1: Demandantes de primer empleo menores de 25 años que estén en posesión de, al menos, el título de ESO.
b)Grupo 2: Resto de demandantes de primer empleo menores de 25 años.
c)Grupo 3: Demandantes de primer empleo de 25 o más años.
d)Grupo 4: Resto de demandantes de empleo de 45 o más años.
e)Grupo 5: Resto de demandantes de empleo menores de 45 años”.
Dentro de cada uno de estos grupos, tendrán preferencia las personas que hayan finalizado acciones formación relacionadas con la ocupación a desempeñar y que tales acciones consten registradas en su historial de demanda, sobre los jóvenes de 25 años, éstos sobre las personas con discapacidad, éstas sobre las mujeres y éstas sobre el resto de desempleados.
-A la fecha de presentación de las diferentes ofertas de empleo por el Excmo. Ayuntamiento de Miajadas en el SEXPE, las personas desempleadas deberán estar inscritas como demandantes de empleo y cumplir con los requisitos específicos de las bases de la cada convocatoria.
-No podrán ser seleccionados trabajadores desempleados que han sido contratados con cargo a la última convocatoria del programa de empleo de experiencia, salvo los casos en que hubiesen sido contratados por un periodo menor o igual a 6 meses.
-No podrán ser seleccionados aquellos trabajadores desempleados que hubiesen sido contratados con anterioridad por la entidad beneficiaria, siempre que la duración del contrato prevista, adicionada a la duración de los contratos que hubiesen tenido con la entidad, supere, al finalizar la contratación, un plazo de 24 meses en un periodo de 30 meses.
-El SEXPE realiza el sondeo de candidatos/as que cumplan los requisitos anteriores, teniendo en cuenta los grupos preferentes y en el orden de prioridad señalados.
-El SEXPE comunica el resultado de sondeo al Excmo. Ayuntamiento de Miajadas y a los/as candidatos/as preseleccionados/as.
-El Excmo. Ayuntamiento de Miajadas realiza las pruebas objetivas teóricas y/o prácticas a la selección de candidatos/as remitidos por el SEXPE
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